Al otorgarse las ayudas por concurrencia competitiva, se establecen unos criterios para evaluar las solicitudes presentadas y que sean concedidas a aquellas con mayor puntuación.
Estos criterios son relativos a las siguientes situaciones:
1) La finalidad de la obra. 55 puntos
2) La situación socio-económica de las personas residentes en el edificio. 25 puntos
3) Las características del edificio. 15 puntos
4) Solicitudes a convocatorias de ayudas anteriores. 5 puntos
Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
1. FINALIDAD Y CARACTERÍSTICAS DE LAS ACTUACIONES: 55 puntos máximo
a) Actuaciones que incluyen la instalación de ascensores. 25 puntos
b) En caso de instalación de ascensor, 0,40 puntos por cada vivienda servida por ascensor, incluidas las de planta baja. 8 puntos máximo
c) Instalación de salvaescaleras, rampas, automatismos para la apertura de puertas u otros dispositivos de accesibilidad que faciliten la autonomía de personas con movilidad reducida. 7 puntos
d) Instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúas o artefactos análogos, así como sistemas tecnológicos de guiado, que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio. 5 puntos
e) Instalación de elementos de información, comunicación o de aviso tales como señales luminosas y visuales, vibrotáctiles o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores. En particular la instalación de elementos que mejoren la accesibilidad y seguridad en el uso de los ascensores, tales como la comunicación bidireccional en cabina o la instalación de bucle magnético en los mismos. 5 puntos
f) Instalación de productos de apoyo a la audición para la accesibilidad en el entorno, como los bucles magnéticos; instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros que proporcionan información visual y auditiva y análogos; instalación domótica y de otros avances tecnológicos para favorecer la autonomía personal de personas mayores o con discapacidad. 5 puntos
2. SITUACIÓN SOCIO-ECONÓMICA DE LAS PERSONAS RESIDENTES EN EL EDIFICIO: 25 puntos máximo
a) Ingresos de las unidades de convivencia residentes en, al menos, la mitad de las viviendas que componen el edificio inferiores a 2,5 veces el IPREM. 15 puntos
b) Edificios en los que resida alguna persona con grado de discapacidad reconocido de, al menos, el 33% o mayor de 65 años. 7 puntos
c) Edificios en los que resida alguna persona con grado de discapacidad reconocido de, al menos, el 40% y movilidad reducida (condición y puntuación acumulables con las señaladas en la letra anterior). 3 puntos
3. CARACTERÍSTICAS DEL EDIFICIO: 15 puntos máximo
a) Edificio en el que, al menos, el 70 % de las viviendas constituyen el domicilio habitual y permanente de las personas residentes. 6 puntos
b) Edificio finalizado antes de 1981. 6 puntos
c) Edificio finalizado entre 1981 y antes de 2006. 3 puntos
d) Edificio declarado Bien de Interés Cultural, catalogado o que cuenten con algún nivel de protección en el instrumento de ordenación urbanística correspondiente. 3 puntos
4. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN EN CONVOCATORIAS ANTERIORES: 5 puntos máximo
a) Actuaciones para la mejora de la accesibilidad para las que se hubiera solicitado subvención para la rehabilitación de edificios en la convocatoria efectuada mediante Orden de 21 de diciembre de 2020, habiendo resultado desestimada por falta de disponibilidad presupuestaria. 3 puntos
b) Actuaciones para la mejora de la accesibilidad para las que se hubiera solicitado subvención para la rehabilitación de edificios en la convocatoria efectuada mediante Orden de 17 de junio de 2019, habiendo resultado desestimada por falta de disponibilidad presupuestaria. 2 puntos